CLASIFIQUEMOS UN FILETE DE POLLO A LA PARRILLA

Jeison Ruiz
2 min readSep 8, 2020

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asesorescomex.com

La mercancía corresponde a filetes (trozos) de carne de pechuga de pollo cruda, marinados y congelados, con la siguiente composición porcentual en peso:

— Trozos de pechuga de pollo (sin hueso y sin piel): 80%

— Condimento (para marinar): 20%

Que los trozos de pechuga de pollo se marinan, se congelan y posteriormente se almacenan hasta el despacho del producto.

VEAMOS LAS NOTAS EXPLICATIVAS.

Sección: IV Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados

En esta sección, el término “pellets” designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

Capítulo: 16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos

2. Las preparaciones alimenticias se clasifican en este capítulo siempre que contengan una proporción superior al 20 % en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una mezcla de estos productos. Cuando estas preparaciones contengan dos o más productos de los mencionados, se clasifican en la partida del capítulo 16 que corresponda al componente que predomine en peso. Estas disposiciones no se aplican a los productos rellenos de la partida 19.02 ni a las preparaciones de las partidas 21.03 o 21.04.

Partida: 16.02 Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre

Están aquí incluidos, principalmente:

1) La carne y despojos cocinados de cualquier modo: cocidos en agua o vapor, asados en parrilla u horno, fritos (excepto los productos simplemente escaldados, blanqueados, etc. -véanse las consideraciones generales del Capítulo 2-).

SE CONCLUYE

Que acorde con las características descritas, se concluye que arancelariamente se trata de una preparación de carne de pollo, en trozos crudos, sazonados y congelados, comprendida en la partida 16.02 de la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado.

Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, por la subpartida 1602.32.10.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación de carne de gallo o gallina en trozos sazonados y congelados, y de acuerdo a la nota legal 2 y nota complementaria 1 del capítulo 16 en aplicación de las reglas generales interpretativas 1 y 6 de la nomenclatura arancelaria

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Jeison Ruiz

Especialista en Comercio Internacional | Clasificador Arancelario | Proyectos Especiales | Unidades Funcionales | Minería | Oíl And Gas | Energía Renovable